El gobierno ha
anunciado hace varias semanas su propósito de introducir
un impuesto a las transacciones bancarias (ITB), lo cual ha
generado cierta ansiedad por parte de los agentes económicos,
quienes aún no tienen en claro cuáles serán
las características de dicha medida –las transacciones
que afectará, la tasa que se aplicará, y la
manera en que afectará sus finanzas–, para no
mencionar aquellos que se preguntan si una medida como ésta
es verdaderamente necesaria, o si se trata de un simple paquete
tributario, mas no de una reforma.
En
cuanto a las transacciones que serían afectadas por
el ITB, el presidente Toledo ya ha anunciado alrededor de
300 excepciones, la más importante de las cuales sería
el pago de remuneraciones de quinta –mas no de cuarta–
categoría. Se estaría proyectando también
una “bancarización” forzada, fijando un
monto a partir del cual una operación deba ser realizada
a través del sistema bancario, y afectada por el ITB.
Esto no parece viable, por cuanto los agentes podrían
“eludir” el impuesto subdividiendo sus pagos en
varias operaciones (cheques), para no mencionar otros mecanismos
que los mercados descubrirían.
En cuanto a la tasa que se aplicaría,
la adelantada por la premier Beatriz Merino fue de dos por
mil (0.2%), pero también se ha mencionado la tasa de
0.3%. Si bien pueden parecer tasas elevadas para operaciones
financieras, debemos tener en cuenta que una tasa menor probablemente
generaría una recaudación neta insignificante,
y que, por otro lado, el sector real –no financiero–
paga una tasa equivalente de casi 20% (IGV), y de casi 30%
si se trata de un producto importado (IGV + arancel).
Por otro lado, la anunciada cifra de 300 excepciones
nos impide tener una idea clara de cómo afectará
esta medida las finanzas de los diferentes agentes económicos,
aunque las reacciones de gremios como Asbanc, Confiep y SNI,
algo nos permitirían intuir. En todo caso, debemos
tomar en cuenta que si bien los bancos actualmente no pagan
impuestos ni por sus transacciones ni por los intereses que
pagan o cobran –lo cual contrasta claramente con los
impuestos que afectan al sector real–, el ITB tal vez
no sea el mejor tipo de impuesto a aplicarse.
Un argumento de los opositores de esta medida
va en el sentido de que el sector formal ya está sobrecargado
de impuestos, mientras que los informales no pagan –o
casi no pagan– impuestos. Este argumento, sin embargo,
no se condice con la realidad. Si bien es cierto que sólo
el sector formal paga impuestos directos, los impuestos indirectos
–que no suelen hacer tal tipo de discriminación–
constituían para el año 2001 casi el 80% de
los ingresos tributarios del gobierno central, mientras que
los impuestos al patrimonio habían desaparecido.
También se ha argumentado de que el
ITB debe ser considerado como aplicable al impuesto a la renta;
pero para el gobierno eso lo convertiría en un simple
pago a cuenta del IR, con una dudosa recaudación neta.
Otros han manifestado su preocupación legítima
por el hecho de que el ITB sería un impuesto ciego
con un importante “efecto en cascada”.
Lima, Septiembre de 2003
Acceda a algunos estudios realizados por el
investigador Jorge Rojas (PUCP) por encargo del Consorcio
de Investigación Económica y Social (CIES).

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